Plan de Prevención de Riesgos de
Corrupción y Delitos Conexos
Plan de Prevención de Riesgos de
Corrupción y Delitos Conexos
Índice
1. ACRÓNIMOS Y ABREVIATURAS
2. INTRODUCCIÓN
2.1 Marco legislativo
2.2. Objetivos
2.3 Ámbito de aplicación del PPR
3. VIZELPAS FLEXIBLE FILMS, SA
3.1 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
3.2 Historia
3.3 Reglamento Interno
3.4 Código Ético y de Conducta
3.5 Código de Conducta para Prevenir y Combatir el Acoso Laboral
3.6 Canal de denuncias
4. CONCEPTOS DE CORRUPCIÓN Y DELITOS RELACIONADOS
5. METODOLOGÍA DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS
6. EVALUACIÓN DE RIESGOS
7. APLICACIÓN DEL PPR
7.1 Aplicación, seguimiento y evaluación del PRP
7.2 Difusión del PRP
1. ACRÓNIMOS Y ABREVIATURAS
VIZELPAS - VIZELPAS FLEXIBLE FILMS, SA
AG - Junta General
CA - Consejo de Administración
CÓDIGO PENAL - Código Penal Portugués
GR - Nivel de riesgo
IP - Impacto previsible
MENAC - Mecanismo Nacional Anticorrupción
PO - Probabilidad de ocurrencia
PPR - Plan de Prevención de Riesgos de Corrupción y Delitos Conexos
RCN - Responsable de Cumplimiento Normativo
RGPC - Régimen General de Prevención de la Corrupción
2. INTRODUCCIÓN
2.1 Marco legislativo
El 18 de marzo de 2021, tras un largo periodo de reflexión y amplias audiencias públicas, en las que participaron el mundo académico, la judicatura, los profesionales del derecho y otras ramas del saber, el Gobierno aprobó la versión definitiva de la Estrategia Nacional Anticorrupción 2020-2024, en los términos de la Resolución 37/2021, de 6 de abril, del Consejo de Ministros.
La Estrategia prioriza la prevención, detección y persecución de la corrupción con el mismo grado de importancia y necesidad:
- mejorar los conocimientos, la formación y las prácticas institucionales en materia de transparencia e integridad;
- prevenir y detectar los riesgos de corrupción en la acción pública;
- Implicar al sector privado en la prevención, detección y represión de la corrupción;
- reforzar los vínculos entre las instituciones públicas y privadas;
- garantizar una aplicación más eficaz y uniforme de los mecanismos legales de represión de la corrupción, mejorar el tiempo de respuesta del sistema judicial y asegurar la adecuación y eficacia de las penas;
- elaborar y difundir periódicamente información fiable sobre el fenómeno de la corrupción; y
- cooperar internacionalmente en la lucha contra la corrupción.
En este marco, también se publicó el Decreto-Ley 109-E/2021, de 9 de diciembre, por el que se establecen medidas de lucha contra la corrupción y delitos conexos:
- la creación del Mecanismo Nacional Anticorrupción ("MENAC"), y,
- la aprobación del Régimen General de Prevención de la Corrupción ("RGPC").
Además, en el marco de la transposición de la Directiva (UE) 2019/1937, se aprobó la Ley nº 93/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Régimen General de Protección de los Denunciantes de Delitos.
Según lo dispuesto en el Decreto-Ley nº 109-E/2021, de 9 de diciembre, se consideran delitos de corrupción y delitos conexos los delitos de corrupción, receptación y ofrecimiento indebido de ventajas, malversación, participación económica en negocios, concusión, abuso de poder, prevaricación, tráfico de influencias, blanqueo de capitales o fraude en la obtención o desvío de subvención, ayuda o crédito, recogidos en el Código Penal, aprobado en anexo al Decreto-Ley nº 48/95, de 15 de marzo.º 48/95, de 15 de marzo, en su redacción actual, en la Ley nº 34/87, de 16 de julio, en su redacción actual, en el Código de Justicia Militar, aprobado en anexo a la Ley nº 100/2003, de 15 de noviembre, en la Ley nº 50/2007, de 31 de agosto, en su redacción actual, en la Ley nº 20/2008, de 21 de abril, en su redacción actual, y en el Decreto-Ley nº 28/84, de 20 de enero, en su redacción actual.
El citado RGPC, con el objetivo de prevenir, detectar y sancionar los actos de corrupción y delitos relacionados, establece que las personas jurídicas que empleen a 50 o más trabajadores están obligadas a implantar un programa de cumplimiento que incluya, al menos:
- un plan para prevenir los riesgos de corrupción y delitos conexos;
- un código de conducta;
- un programa de formación; e,
- un canal de quejas.
De acuerdo con la citada legislación, VIZELPAS tiene implantado un programa de cumplimiento normativo, del que forma parte integrante el presente Plan de Prevención de Riesgos de Corrupción y Delitos Relacionados ("PPR").
En los términos del artículo 7 del RGPC, los PPR deben abarcar todas las funciones y unidades organizativas, incluida la alta dirección, en lo que se refiere a la identificación de riesgos de esta naturaleza, ya que se reconoce que todas ellas están expuestas a la posibilidad de ser ejercidas por personas menos competentes desde el punto de vista de la integridad.
Para ello, y en estricto cumplimiento del artículo 6.2 de la citada ley, el PPR incluye:
a) Las áreas de actividad de la organización con riesgo de comisión de actos de corrupción y delitos relacionados;
b) La probabilidad de ocurrencia y el impacto previsible de cada situación, de forma que permita graduar los riesgos;
c) Las medidas preventivas y correctivas para reducir la probabilidad de ocurrencia y el impacto de los riesgos y situaciones identificados;
d) En situaciones de riesgo alto o máximo, las medidas preventivas más exhaustivas, priorizando su implantación;
e) La designación del responsable general de la ejecución, control y revisión del PAR, responsable del cumplimiento de la normativa.
2.2. Objetivos
El objetivo de este PPR es identificar y gestionar los riesgos de corrupción y delitos relacionados en VIZELPAS.
Se aplica a todos los empleados, proveedores de servicios y otros colaboradores, independientemente de su estatuto jurídico, incluidos los altos directivos, y tiene por objeto aplicar procedimientos y mecanismos de prevención y detección de la corrupción y los delitos conexos.
2.3 Alcance de la licitación
El Consejo de Administración de VIZELPAS designa al Presidente del Consejo de Administración como responsable del cumplimiento normativo:
- Coordinar los trabajos de prospección y sistematización de los valores éticos o principios de actuación de la entidad u organización, así como de las pautas de conducta más adecuadas para su cumplimiento, promoviendo y asegurando la participación e implicación de todos, en particular de los altos directivos y de la estructura intermedia, en relación con los procesos de elaboración y actualización del Código Ético y de Conducta;
- Coordinar los trabajos de prospección de los riesgos de corrupción e infracciones relacionadas y el correspondiente análisis de riesgos e identificación de medidas preventivas, asegurando la implicación y colaboración de la estructura jerárquica de la entidad u organización en los procesos de elaboración y actualización del Plan de Prevención de Riesgos y de evaluación de su implantación;
- Velar por el cumplimiento de los plazos de comunicación, difusión y publicidad del Código Ético y de Conducta, del Plan de Prevención de Riesgos y de los correspondientes informes de evaluación de su implantación;
- Supervisar y verificar el cumplimiento de los requisitos de funcionamiento propios del Canal Interno de Denuncias, incluyendo las garantías de protección del denunciante, los deberes de confidencialidad y reserva, el cumplimiento de plazos y la prevención de conflictos de intereses;
- Recopilación y sistematización de información sobre las necesidades de formación en materia de ética, integridad y prevención de riesgos de corrupción e infracciones relacionadas, e implicación en el proceso de elaboración de programas de formación y seguimiento de su cumplimiento, y
- Comprobación de la necesidad de actualización de los diversos instrumentos del Programa de Cumplimiento Normativo.
Se garantiza que el CIN ejerce sus funciones de forma independiente, permanente y con autonomía de decisión, y se asegura que dispone de la información interna y de los recursos humanos y técnicos necesarios para el correcto desempeño de sus funciones.
3. VIZELPAS
3.1 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
VIZELPAS, con el Número de Identificación Social 503844969, y el mismo número de registro, fue constituida en 1997 y tiene como objeto social "Fabricación y comercialización al por mayor y al por menor de artículos de plástico y artículos diversos de papelería", y como principal CAE 22292.
Está organizada como sociedad anónima y tiene su sede en la parroquia de Vilarinho, en el municipio de Santo Tirso, más concretamente en Rua da Fundição, nº 8, 4795 792 Vilarinho STS.
Actualmente emplea a 210 personas.
VIZELPAS está organizada según el organigrama nominal que se adjunta como Anexo I.
3.2 Historia
VIZELPAS opera desde 1999 y es una empresa audaz, atrevida, entusiasta, innovadora, transparente, centrada en sus objetivos y siempre solidaria con sus socios.
De este modo, ha demostrado un crecimiento inusitado poniendo en práctica su visión estratégica y su misión.
Su misión se basa en 6 principios clave:
- Asociaciones con clientes y proveedores. Son las asociaciones que fomentamos con nuestros clientes y proveedores las que nos permiten añadir valor a nuestros productos, desarrollar e innovar.
- Suministro de productos de calidad seguros y aptos para el contacto con alimentos.
- En el desarrollo y la innovación de productos que puedan responder a mercados cada vez más exigentes, evolutivos y preocupados.
- Gestión eficaz de nuestros recursos humanos, fomentando el trabajo en equipo, la lealtad y el compromiso con la misión de la empresa.
- En políticas de sostenibilidad emprendidas no sólo para crear valor para la empresa, sino también para la sociedad y el medio ambiente.
- En políticas con el menor impacto ambiental posible, ya sea mediante el uso de materiales con menor impacto ambiental y productos oxobiodegradables, ya sea mediante el uso de películas técnicas más finas.
A lo largo de su historia, VIZELPAS siempre ha cumplido sus compromisos:
Cumplimiento de la legislación vigente;
Con los clientes;
Con los proveedores;
Con los empleados;
Manteniendo así la imagen de "buena persona" y de empresa con el equilibrio necesario para superar las más diversas vicisitudes.
Por otro lado, también se compromete a respetar los principios del RGPC, así como a adoptar y aplicar un programa de cumplimiento normativo con el fin de prevenir, detectar y sancionar los actos de corrupción y delitos conexos realizados contra o a través de la entidad.
3.3 Reglamento interno
VIZELPAS tiene implantado un Reglamento Interno, que impone a todos los empleados una actitud personal/social y todas las normas de funcionamiento interno que deben ser cumplidas por todos.
Define las políticas que todos deben cumplir, así como las normas de conducta, los derechos y obligaciones de los empleados y el respectivo marco disciplinario.
También impone políticas de calidad y seguridad alimentaria, higiene y ética y medio ambiente.
El Reglamento Interno se entrega a todos los empleados a su llegada.
3.4 Código ético y de conducta
VIZELPAS también ha aprobado un Código de Ética y Conducta, que constituye una guía para la actuación de la empresa y sus empleados, conteniendo principios de comportamiento, así como los valores y objetivos a seguir.
El Código se dirige a todos los que trabajan en y para VIZELPAS, y se extiende a todos los socios comerciales.
Impone un conjunto de principios destinados a establecer un compromiso entre las partes interesadas con los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo y la legislación nacional y comunitaria vigente.
Pretende sostener una cultura de ética e integridad, en un clima de rigor y total transparencia con el fin de:
- Presentar a VIZELPAS como una empresa con responsabilidad social, cumpliendo y haciendo cumplir las normas de buen comportamiento de todos los socios, reforzando una cultura común socialmente responsable.
- Promover relaciones de confianza entre la empresa y todos sus socios comerciales, así como fomentar la práctica de los valores asumidos por VIZELPAS.
- Velar por que los valores asumidos por VIZELPAS sean tenidos en cuenta en todas las relaciones comerciales.
- Garantizar el pleno respeto de las personas y sus derechos.
- Garantizar un alto nivel de salud y seguridad en el trabajo.
- Minimizar el impacto medioambiental de las actividades de VIZELPAS integrando la perspectiva medioambiental en los procesos y en el sistema de gestión.
VIZELPAS está comprometida con los siguientes principios de Responsabilidad Social:
#Prohibición del trabajo forzoso o involuntario y de la trata de seres humanos
#Prohibición del trabajo infantil
#Prohibición de la discriminación
#Prohibición del acoso:
VIZELPAS también se compromete a defender los valores de no discriminación y lucha contra el acoso en el trabajo, que se desglosan:
- Libertad de asociación:
Reconoce y respeta el derecho de los trabajadores a la libertad de asociación y representación, de acuerdo con sus deseos expresados libremente y sin presiones.
Los proveedores y subcontratistas no deben interferir en el ejercicio de los derechos de los trabajadores relativos a la libertad de asociación y su derecho a la negociación colectiva.
- Coacción, acoso y prácticas disciplinarias:
Garantiza a sus empleados el respeto de su dignidad y no utilizará castigos corporales ni amenazas de violencia, y desaprueba cualquier tipo de acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal. Exige a sus proveedores y subcontratistas que se abstengan de cualquier tipo de coacción, acoso o acto de violencia.
- Conflicto de intereses:
Velan por que no se produzcan conflictos de intereses ni se dañe la imagen de VIZELPAS. En ningún caso pueden utilizarse los compromisos empresariales como justificación para satisfacer intereses personales.
Los socios comerciales no pueden participar en ningún tipo de soborno con el fin de influir en cualquier acto o fallo por parte de un empleado o representante de VIZELPAS. Tampoco podrán aceptar pagos indebidos que pretendan influir en cualquier acto o incumplimiento por parte de VIZELPAS.
- Ofertas, bonificaciones, ventajas y beneficios
Los empleados de VIZELPAS no podrán solicitar, recibir o aceptar, para sí o para terceros, ofertas, beneficios, regalos, compensaciones o ventajas, independientemente de su valor o materialidad, que puedan poner en peligro la imparcialidad, transparencia, imparcialidad e integridad en el desempeño de sus funciones.
- Seguridad y salud en el trabajo:
Garantiza un entorno de trabajo seguro y saludable para sus empleados. Promueve el cumplimiento de la normativa de seguridad, salud e higiene y exige a sus proveedores y subcontratistas que garanticen un entorno de trabajo seguro y saludable.
- Remuneración:
Garantiza todas las retribuciones legalmente establecidas, exigiendo a sus proveedores y subcontratistas una remuneración justa de acuerdo con la legislación vigente.
- Horario de trabajo:
Garantiza el cumplimiento de la jornada laboral y el pago de las horas extraordinarias de acuerdo con la legislación aplicable, al tiempo que anima a sus proveedores y subcontratistas a cumplir la legislación vigente.
- Requisitos legales:
Cumplir la legislación y normativa nacional e internacional aplicable a su actividad, exigiendo a sus proveedores y subcontratistas el cumplimiento de la misma.
- Medio ambiente:
Promueve la adopción de las medidas necesarias para proteger el medio ambiente y lleva a cabo todas sus actividades de acuerdo con los requisitos legales relativos a la protección del medio ambiente, fomentando prácticas de gestión medioambiental en sus proveedores y subcontratistas.
VIZELPAS vela por que no se produzcan conflictos de intereses y por que su imagen no se vea perjudicada. En ningún caso pueden utilizarse los compromisos empresariales para satisfacer intereses personales.
Los socios comerciales no pueden participar en ningún tipo de soborno con el fin de influir en cualquier acto o incumplimiento por parte de un empleado o representante de VIZELPAS, ni pueden aceptar pagos indebidos que busquen influir en cualquier acto o incumplimiento hacia VIZELPAS.
En este contexto, también se ha puesto en marcha una Política de Sugerencias, cuyo funcionamiento es el siguiente:
- Todos los trabajadores y otras partes interesadas tienen derecho a que la empresa trate sus asuntos de forma imparcial, justa y en un plazo razonable. Para ello, pueden utilizar el registro "Sugerencias - Mod008" e introducirlas en el buzón de sugerencias.
- Este derecho incluye:
El derecho al anonimato si así lo desean;
El derecho de todo trabajador a ser oído antes de que se adopte cualquier medida individual que le afecte desfavorablemente;
El derecho de todo trabajador a acceder a los expedientes que le afecten, respetando los intereses legítimos de confidencialidad y secreto profesional y comercial;
La obligación de la C.A. de motivar sus decisiones.
Este Código se revisará y actualizará cada tres años o siempre que esté justificado, y se dará a conocer en el plazo de 10 días desde su implantación y respectivas revisiones o redacciones, mediante su publicación en la página web de VIZELPAS y también mediante su publicación en el tablón de comunicaciones interno.
Los siguientes anexos forman parte integrante del Código de Ética y Conducta:
Anexo I Cuadro de faltas disciplinarias y marco sancionador correspondiente
Anexo II Infracciones penales tipificadas en el RGPC y marco sancionador correspondiente
Anexo III Modelo de estructura para la denuncia de infracciones por incumplimiento del Código Ético y de Conducta
3.5 Código de conducta para prevenir y combatir el acoso en el trabajo
VIZELPAS también ha aprobado e implantado un Código de Conducta para Prevenir y Combatir el Acoso en el Trabajo, que establece los derechos y garantías de los empleados en este ámbito y tiene como objetivo defender los valores y principios de no discriminación y combatir el acoso en el trabajo.
Este Código es un instrumento de autorregulación, así como la expresión de una política activa para sensibilizar, evitar, identificar, eliminar y sancionar las situaciones y comportamientos que puedan constituir acoso laboral.
El Código de Conducta para Prevenir y Combatir el Acoso en el Trabajo se aplica a todas las personas que desempeñan funciones permanentes u ocasionales en VIZELPAS, cualquiera que sea su naturaleza, así como a otras personas que participan en su actividad, y prohíbe la adopción de comportamientos discriminatorios hacia cualquier persona, en particular por motivos de raza, sexo, edad, discapacidad física, orientación sexual, opiniones, ideología política y religión.
Según este instrumento, los empleados que consideren que están siendo acosados en el trabajo deben denunciar la situación a su superior jerárquico, a Recursos Humanos o al Presidente del Consejo de Administración.
Lo mismo se aplica a cualquier persona que tenga conocimiento de prácticas irregulares que puedan indicar acoso, o de que un empleado ha cometido una falta disciplinaria por acoso, y debe informar de ello a cualquiera de los superiores del empleado y prestar la cooperación necesaria en el proceso disciplinario y en cualquier otro procedimiento que pueda tener lugar.
Las situaciones y conductas que pudieran ser constitutivas de acoso cometidas por terceros que no desempeñen funciones en VIZELPAS serán objeto de denuncia por el Presidente del Consejo de Administración ante la autoridad competente.
El Código de conducta para prevenir y combatir el acoso en el trabajo entró en vigor el 16 de noviembre de 2021 y se ha difundido a todos los Empleados, además de estar disponible en el sitio web de Vizelpas.
3.6 Canal de denuncias
VIZELPAS, de conformidad con lo dispuesto en la Ley nº 93/2021, de 20 de septiembre, por la que se establece el régimen general de protección de los denunciantes de irregularidades, por la que se transpone al ordenamiento jurídico interno la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que denuncien infracciones del Derecho de la Unión, dispone de un canal interno de denuncias.
Permite la presentación y el seguimiento seguros de las denuncias, a fin de garantizar la exhaustividad, integridad y conservación de la denuncia, la confidencialidad de la identidad o el anonimato de los denunciantes y la confidencialidad de la identidad de terceros mencionados en la denuncia, así como para impedir que personas no autorizadas accedan a la información.
También se ha elaborado un "Reglamento del Canal de Denuncias", que establece el conjunto de principios y normas que rigen el funcionamiento de este canal y se aplica a todos los empleados, incluidos todos los miembros de los órganos de gobierno, directivos, resto de trabajadores, proveedores y clientes.
El Reglamento se incluirá en el Reglamento Interno de VIZELPAS, y esta nueva versión se ha puesto a disposición de todos los empleados para su consulta, al igual que los empleados que puedan ser contratados entretanto.
También se publica en el sitio web correspondiente, en el enlace Whistleblowing Channel de https://vizelpas.pt/portal-de-denuncias/.
El canal interno de denuncias implantado funciona a través del enlace https://vizelpas.pt/portal-de-denuncias/, situado en la página web correspondiente, que permite presentar denuncias de forma anónima y garantiza la confidencialidad en los casos en que el denunciante se identifique.
4. CONCEPTOS DE CORRUPCIÓN Y DELITOS CONEXOS
Los conceptos de corrupción y delitos conexos deben esbozarse de inmediato.
Así, a los efectos del régimen general de prevención de la corrupción, y del presente Plan de Prevención de Riesgos de Corrupción y Delitos Conexos, se entenderá por:
- Corrupción pasiva (artículo 373 del Código Penal): El funcionario que, por sí o por persona interpuesta, con su consentimiento o ratificación, solicitare o aceptare, para sí o para un tercero, una ventaja pecuniaria o no pecuniaria, o la promesa de la misma, por la realización de cualquier acción u omisión contraria a los deberes del cargo, aunque sea anterior a dicha solicitud o aceptación.
- Corrupción activa (artículo 374 del Código Penal): El que, por sí o por persona interpuesta, con su consentimiento o ratificación, diere o prometiere a un funcionario, o a un tercero por recomendación suya o con su conocimiento, una ventaja pecuniaria o no pecuniaria con el fin indicado en el artículo 373, apartado 1.
- Recepción y ofrecimiento indebidos de una ventaja (artículo 372 del Código Penal): El funcionario que, en el ejercicio de sus funciones o en razón de ellas, por sí o por persona interpuesta, con su consentimiento o ratificación, solicite o acepte, para sí o para un tercero, una ventaja pecuniaria o no pecuniaria que no le sea debida. El que, por sí mismo o por persona interpuesta, con su consentimiento o ratificación, diere o prometiere a un funcionario, o a un tercero por recomendación o conocimiento de éste, una ventaja pecuniaria o no pecuniaria que no le sea debida, en el ejercicio de sus funciones o a causa de ellas.
- Peculado (artículo 375 del Código Penal): El funcionario que se apropiare ilícitamente, en provecho propio o ajeno, de dinero o de cualquier bien mueble o inmueble o animal, público o privado, que le hubiere sido entregado, estuviere en su poder o le fuere accesible por razón de sus funciones.
- Participación económica en negocios (artículo 377 del Código Penal): El funcionario que, con la intención de obtener, para sí o para un tercero, una participación económica ilícita, perjudique en un negocio jurídico los intereses patrimoniales que, en todo o en parte, esté obligado, por razón de su función, a administrar, vigilar, defender o realizar.
- Concusión (artículo 379 del Código Penal): El funcionario que, en el ejercicio de sus funciones o de los poderes de hecho que de ellas se derivan, por sí o por persona interpuesta con su consentimiento o ratificación, recibiere para sí, para el Estado o para un tercero, mediante inducción al error o aprovechamiento del error de la víctima, una ventaja pecuniaria que no le corresponda o sea superior a la debida, a saber, una contribución, tasa, emolumento, multa o pena.
- Abuso de poder (artículo 382 del Código Penal): El funcionario que, fuera de los casos previstos en los artículos anteriores, abusare de sus facultades o violare los deberes inherentes a sus funciones, con la intención de obtener, para sí o para un tercero, un beneficio ilegítimo o de causar un perjuicio a otra persona.
- Prevaricación (artículo 369 del Código Penal): El funcionario que, en el marco de una investigación procesal, un procedimiento judicial, una infracción administrativa o un procedimiento disciplinario, a sabiendas y en contra de la ley, promueva o deje de promover, dirija, decida o deje de decidir, o realice un acto en el ejercicio de las atribuciones derivadas del cargo que ocupa.
- Cohecho (artículo 363 del Código Penal): El que persuadiere o intentare persuadir a otra persona, mediante dádiva o promesa de una ventaja pecuniaria o no pecuniaria, para que realice los actos previstos en los artículos 359 o 360, sin que éstos se hayan cometido.
- Tráfico de influencias (Artículo 335 del Código Penal): El que por sí o por interpuesta persona, con su consentimiento o ratificación, solicite o acepte, para sí o para un tercero, una ventaja pecuniaria o no pecuniaria, o la promesa de la misma, con el fin de abusar de su influencia, real o supuesta, ante cualquier entidad pública, nacional o extranjera.
- Blanqueo (artículo 368-A del Código Penal): Quien convierta, transfiera, ayude o facilite cualquier operación de conversión o transferencia de ventajas obtenidas por sí mismo o por un tercero, directa o indirectamente, con el fin de ocultar su origen ilícito, o impedir que el autor o partícipe de tales delitos sea perseguido penalmente o sometido a una reacción penal. La misma pena se aplica a quien oculte o encubra la verdadera naturaleza, origen, localización, disposición, movimiento o propiedad de ventajas, o los derechos relativos a las mismas. La misma pena se aplica a quien, sin ser autor del hecho ilícito típico del que proceden las ventajas, las adquiera, posea o utilice, con conocimiento, en el momento de la adquisición o en el momento inicial de la posesión o utilización, de esta calidad.
5. METODOLOGÍA DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS
De acuerdo con lo dispuesto en la GUÍA MENAC nº 1/2023, tras evaluar la probabilidad y el impacto previsible de cada riesgo, se clasifica el nivel de riesgo según la combinatoria que se muestra en la matriz de análisis que figura a continuación:
Grado de riesgo |
Probabilidad de ocurrencia |
|||
Alta (3) |
Media (2) |
Bajo (1) |
||
Impacto previsto |
Alta (3) |
Máximo |
Alta |
Moderado |
Medio (2) |
Alta |
Moderado |
Débil |
|
Bajo (1) |
Moderado |
Débil |
Mínimo |
La evaluación y clasificación de los riesgos se basa en una combinación de la probabilidad de que se produzcan las situaciones que implican el riesgo y la gravedad de su impacto previsto, lo que da lugar a un grado de riesgo que sigue una escala con cinco niveles (mínimo, débil, moderado, alto y máximo), según los cuales se definirán distintas estrategias de respuesta.
El impacto previsible puede entenderse como la consecuencia esperada de la ocurrencia de un evento que afecte a los objetivos estratégicos de VIZELPAS, y se califica de la siguiente manera:
- Bajo - La ocurrencia del riesgo podría resultar en una reducción de la eficiencia del procedimiento o función a la que está asociado, requiriendo una revisión del propio procedimiento. Se trata de un impacto interno, con implicaciones procedimentales para la entidad u organización.
- Medio - La ocurrencia del riesgo podría resultar en una reducción de la eficiencia y eficacia del procedimiento o función a la que está asociado, requiriendo una revisión del procedimiento y de los correspondientes objetivos asociados al mismo. Se trata de un impacto interno, con implicaciones sobre el proceso y la producción de la entidad u organización.
- Alto - La ocurrencia del riesgo podría resultar en una reducción de la eficiencia y eficacia del procedimiento o función al que está asociado y podría ser objeto de cobertura mediática. Se trata de un impacto con implicaciones internas a nivel de procedimiento y producción de la entidad u organización, y con implicaciones externas, cobertura mediática de la ocurrencia, con impactos reputacionales sobre su credibilidad.
En cuanto al indicador de probabilidad de ocurrencia del riesgo, asociado principalmente a la existencia de medidas preventivas y al historial de eficacia de las mismas, puede medirse en una escala con tres posiciones -baja, media y alta-, de acuerdo con la siguiente tabla y las consideraciones explicativas que contiene:
- Baja - La prevención de riesgos se basa adecuadamente en las medidas preventivas/correctivas adoptadas anteriormente.
- Media - Una prevención de riesgos adecuada puede requerir y justificar medidas preventivas adicionales a las ya existentes.
- Alta - Una prevención de riesgos adecuada requiere medidas correctivas adicionales a las ya existentes.
Por otro lado, también se ha considerado el tratamiento a aplicar en función del grado de riesgo que pueda determinarse en cada una de las situaciones que se enumeran a continuación:
GRADO DE RIESGO | TRATAMIENTO DE RIESGOS |
---|---|
Mínimo | Acepte el riesgo. Si es necesario, aplicar otras medidas para prevenir el riesgo. |
Débil | Acepte el riesgo. Si es necesario, aplique otras medidas para prevenir el riesgo. |
Moderado | Aplicar otras medidas para transferir o prevenir el riesgo. |
Alta | Aplicar otras medidas para evitar o transferir el riesgo. |
Máximo | Aplicar otras medidas para evitar o transferir el riesgo. |
El proceso de mapeo de riesgos, identificación de medidas preventivas y evaluación del nivel de riesgo se sistematiza mediante matrices de riesgo que se elaboran para cada departamento de VIZELPAS:
VIZELPAS no está clasificada como poder adjudicador, ni ha participado nunca en ningún procedimiento de contratación pública como competidor o contratista, por lo que no se realiza una evaluación de riesgos en este ámbito, al no ser aplicable.
Por departamentos, se averiguaron las funciones y competencias respectivas y también se identificaron las que presentaban riesgos:
- Consejo de Administración
- Gestión financiera, compras y recursos humanos
- Gestión industrial
- Departamento de Calidad y HST
- Gestión operativa
También se elaboraron las siguientes matrices de riesgo, con referencia a los departamentos identificados: (...)
6. EVALUACIÓN DE RIESGOS
Teniendo en cuenta la evaluación de riesgos realizada, se ha considerado que el riesgo inherente a la actividad de VIZELPAS es bajo y que los controles de que dispone la organización son satisfactoriamente eficaces.
Analizando la matriz de riesgos y las medidas preventivas establecidas en relación con el Consejo de Administración, se observa que la duración del mandato del Consejo de Administración es de cuatro años y que la estructura del Consejo de Administración está compuesta por tres miembros elegidos en la Junta General.
Además, VIZELPAS está obligada: a) Por la intervención del presidente del consejo de administración; b) Por la intervención conjunta de dos miembros del consejo de administración; c) La sociedad también está obligada por los procuradores constituidos en los términos de la ley.
La estructura de supervisión está formada por un auditor de cuentas y un suplente del auditor de cuentas.
VIZELPAS ha aprobado e implantado un conjunto de instrumentos - Reglamento Interno, Código Ético y de Conducta, Código de Conducta para la Prevención y Lucha contra el Acoso Laboral, Reglamento del Canal de Denuncias - que contribuyen satisfactoriamente a la prevención de los riesgos asociados a las distintas materias y departamentos.
De este modo, se identificó un riesgo residual bajo y se consideró que se habían adoptado las medidas preventivas necesarias.
Además, se ha creado un canal de denuncia interno, seguro y anónimo para comunicar irregularidades, garantizando que la información será tratada con total confidencialidad.
También se aprobó un plan de formación profesional sobre prevención de la corrupción y delitos conexos.
7. APLICACIÓN DEL PPR
7.1 Aplicación, seguimiento y evaluación del PRP
VIZELPAS ha adoptado y aplicado un PRP que abarca toda su organización y actividad, incluidas las áreas administrativa, de gestión, operativa y de apoyo, y que contiene:
a) La identificación, análisis y clasificación de los riesgos y situaciones que puedan exponer a la organización a actos de corrupción y delitos relacionados, incluidos los asociados al ejercicio de funciones por parte de los miembros de los órganos de administración y dirección, teniendo en cuenta la realidad del sector y las áreas geográficas en las que opera la organización;
b) Medidas preventivas y correctoras para reducir la probabilidad de ocurrencia y el impacto de los riesgos y situaciones identificados.
La aplicación del PPR está sujeta a control:
a) Elaboración de un informe provisional de evaluación en octubre para las situaciones identificadas como de riesgo alto o máximo;
b) Elaborar un informe anual de evaluación en abril del año siguiente, que contenga, en particular, una cuantificación del grado de aplicación de las medidas preventivas y correctoras identificadas, así como una previsión de su plena aplicación.
El PPR se revisa cada tres años, o siempre que se produzca un cambio en las funciones de la organización o en su estructura orgánica o corporativa que justifique la revisión.
7.2 Publicidad del PRP
El artículo 6 del Decreto-Ley 109-E/2021 también establece que el PPR debe ser divulgado a los empleados de las entidades obligadas a través de la intranet y en su sitio web oficial, dentro de los 10 días de su implementación y respectivas revisiones o redacciones.
Dado que VIZELPAS no dispone de intranet, el PPR se anuncia mediante su publicación en el sitio web de la organización, https://vizelpas.pt/politicas-legais/.
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